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  • Las personas que se encuentran en alguna de las situaciones que dan lugar a la dependencia.
  • Que estén empadronadas y con residencia legal y efectiva en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • O que acrediten:
    • Estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia y
    • Tener la residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca durante el último año antes de la fecha de su solicitud.
  • Las personas menores de edad, al margen de cuál sea su origen nacional o situación administrativa previa.

La valoración la puede solicitar la propia persona que va a ser valorada o quien ejerza su representación legal, voluntaria o guarda de hecho.

Revisión de la valoración

¿Cuándo?

  • Se puede solicitar una revisión del grado de dependencia cuando exista un agravamiento, mejoría o error de diagnóstico, acreditado por un informe de salud.
  • Implica una nueva valoración en el domicilio y un nuevo Programa Individual de Atención (PIA).El resultado de esta nueva valoración puede conllevar una puntuación o grado igual, mayor o menor.
 

Dónde presentar la solicitud de la revisión?

  • Servicio Social de Base

    Servicio Social de Base del municipio de empadronamiento de la persona solicitante.

  • Sede Electrónica

    Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia

    Acceder a la sede 

  • Oficinas de Registro y Atención Ciudadana

    Oficinas de registro y atención ciudadana de la Diputación Foral de Bizkaia, preferentemente con cita previa (pedir cita o 944 068 000).

  • Otros

    Otros lugares previstos en la Ley 39/2015. (Subdelegación de Gobierno Estatal en Bizkaia, Gobierno Vasco, Ayuntamientos, Oficinas de Correos…) Dirigiendo la solicitud al Departamento de Acción Social, Ugaskobidea 3-bis, 48014-Bilbao.

Preguntas frecuentes

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