¿Quién puede solicitar la valoración de la dependencia?
- Las personas que se encuentran en alguna de las situaciones que dan lugar a la dependencia.
- Que estén empadronadas y con residencia legal y efectiva en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Bizkaia.
- O que acrediten:
- Estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia y
- Tener la residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca durante el último año antes de la fecha de su solicitud.
- Las personas menores de edad, al margen de cuál sea su origen nacional o situación administrativa previa.
La valoración la puede solicitar la propia persona que va a ser valorada o quien ejerza su representación legal, voluntaria o guarda de hecho.
Revisión de la valoración
¿Cuándo?
- Se puede solicitar una revisión del grado de dependencia cuando exista un agravamiento, mejoría o error de diagnóstico, acreditado por un informe de salud.
- Implica una nueva valoración en el domicilio y un nuevo Programa Individual de Atención (PIA).El resultado de esta nueva valoración puede conllevar una puntuación o grado igual, mayor o menor.
Dónde presentar la solicitud de la revisión?
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Servicio Social de Base
Servicio Social de Base del municipio de empadronamiento de la persona solicitante.
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Sede Electrónica
Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia
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Oficinas de Registro y Atención Ciudadana
Oficinas de registro y atención ciudadana de la Diputación Foral de Bizkaia, preferentemente con cita previa (pedir cita o 944 068 000).
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Otros
Otros lugares previstos en la Ley 39/2015. (Subdelegación de Gobierno Estatal en Bizkaia, Gobierno Vasco, Ayuntamientos, Oficinas de Correos…) Dirigiendo la solicitud al Departamento de Acción Social, Ugaskobidea 3-bis, 48014-Bilbao.
